A partir del asesinato de un sereno en el distrito de Surco se despliega una retórica de necesidad de “armas potencialmente menos letales”[1] en manos de funcionarios municipales. Pero, hay más.
La reciente ley, aprobada por insistencia en el congreso de la República, confirma lo que en parte ya estaba normado como es el uso de los chalecos antibalas (Art. 35 reglamento de la Ley 31297, del 2022) pero añade: “la vara tonfa”, “el gas pimienta”, “los grilletes” y “los escudos”. ¿Cómo estos últimos puede combatir el fenómeno de violencia y delitos?
[1] En el debate aparecen la inclusión de nuevo significante como es “armas menos letales” y también, en menor medida, pero no menos significativo por lo demagógico, de quienes impulsan la compra de armas de fuego como máxima. En ese avance del debate señalamos “armas potencialmente menos letales” porque la definición de menos letal no asegura la ausencia de letalidad. Pone más énfasis en el uso y no en la herramienta.